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viernes

Acoger a un menor

¿QUIÉN PUEDE ACOGER A UN MENOR?



Cualquier persona o grupo familiar puede acoger a un menor.

La persona o familia que desee acoger a un menor debe presentar una solicitud en la correspondiente consejería de Bienestar Social o de Familia. A partir de ese momento, se realiza un proceso de selección, de formación y de valoración para poder realizar con éxito el acogimiento.


Durante el tiempo que dura el acogimiento, las familias de acogida, reciben una supervisión del proceso, sobre todo al inicio del acogimiento, las visitas a la familia biológica u otras eventualidades que se puedan dar a lo largo del acogimiento. Algunas CCAA ofrecen un curso de formación teórico-práctico sobre la figura del acogimiento.
En una familia de acogida el menor se desarrolla en un entorno familiar positivo lo cual favorece su integración en la vida social.


El niño y la familia de acogida cuentan con el asesoramiento de profesionales de las instituciones.
Si, el acogimiento no se pudiera mantener a pesar del asesoramiento y apoyo profesional, vuelve al centro residencial en espera de otra familia de acogida.


Una vez que una familia o persona ha sido seleccionada para acoger a un menor recibe un curso teórico sobre los diferentes aspectos del acogimiento. Después se informa a la familia de las características del menor y de su propia familia. Por último se hace un seguimiento de la familia de acogida y el menor para supervisar el acogimiento.

lunes

INVESTIGADORES ANALIZAN LA CALIDAD DEL ACOGIMIENTO FAMILIAR Y EL BIENESTAR DEL MENOR.



Un grupo de investigadores de la Universidad de Málaga (UMA)han iniciado un proyecto con el que pretenden analizar la figura del acogimiento familiar, relacionando su calidad con el bienestar del menor, según indica en una nota Andalucía Innova.


Para los expertos, dirigidos por la doctora María Jesús Fuentes Rebollo, se trata de una medida de protección que resulta necesario analizar para conocer el grado de bienestar y adaptación de los niños y niñas acogidos. «Especialmente interesante es analizar cómo se realizan actualmente las visitas que mantienen los menores acogidos con sus familias biológicas, con el fin de conocer en qué medida contribuyen al bienestar del niño y cumplen los diversos objetivos para los que han sido establecidas», subraya Fuentes.

El proyecto estudia el Acogimiento familiar, es decir, la calidad de las visitas, relaciones familiares y bienestar infantil. Este proyecto ha sido dotado con 116.568 euros por la Junta de Andalucía. La figura del Acogimiento Familiar en Andalucía, desarrollada a través del Decreto 282/2002 de 12 de noviembre, consiste en la convivencia en una familia de acogida de un niño o niña, que por distintos motivos no puede permanecer, temporal o permanentemente, con su familia biológica, evitando su estancia en centros de protección.
Así, recuerda que existen dos tipos de acogimiento o acogida del menor como son el acogimiento simple, que tendrá carácter transitorio, y el acogimiento permanente, cuando la edad u otras circunstancias del menor y su familia así lo aconsejen, y que se promoverá cuando no exista previsión de reinserción adecuada del menor en su familia biológica.